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10 agosto 2020

LISTA LEY DE ACOSO CALLEJERO

 CP-624-2020

Lunes 10 de agosto, 2020

 

Firmada Ley Contra Acoso Sexual Callejero

 

Presidente de la República, ministras de la Condición de la Mujer y de Justicia y Paz, así como jerarca de Seguridad Pública rubricaron el novedoso marco jurídico para proteger a las mujeres.

 

Ley tiene como objetivo garantizar el derecho igualitario de todas las personas a transitar los espacios públicos libres de acoso sexual, estableciendo medidas para prevenir y sancionar esta forma de violencia.

 

Norma tipifica conductas de asedio, así como acciones preventivas y multas en caso de incumplimiento.

 

San José.  Este lunes fue sancionada la Ley 9877 Contra el Acoso Sexual Callejero por parte del presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, en una actividad en Casa Presidencial transmitida de manera virtual y a través de Facebook Live en las redes del mandatario.

 

En la firma participaron también las ministras de la Condición de la Mujer, Patricia Mora Castellanos, y de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas, y el ministro de Seguridad Pública, Michael Soto Rojas. Asistieron, además, las diputadas de la Comisión Permanente Especial de la Mujer y representantes de colectivos femeninos que impulsaron la ley.

“Es un gran cambio normativo que nos ayuda a proteger principalmente a las mujeres, que transiten libres de acoso sexual, que se sientan seguras y libres como siempre debió haber sido.  Para los varones un llamado para ejercer una nueva masculinidad que respete la integridad de las mujeres”, destacó el mandatario Alvarado.

 

La ley tiene como objetivo garantizar el igual derecho a todas las personas, de transitar o permanecer libres de acoso sexual en espacios públicos, en sitios privados de acceso público y en medios de transporte remunerado de personas, ya sean públicos o privados.

 

La ley define el acoso sexual callejero como “toda conducta o conductas con connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el consentimiento ni la aceptación de la persona o las personas a las que está dirigida, con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos o de acceso público”.

 

Además, establece las medidas de prevención y sanción de esta expresión de violencia y discriminación sexual.

 

“Con esta firma empezamos a saldar la deuda histórica del Estado y de la sociedad con la inmensa mayoría de mujeres que hemos sufrido esta forma de violencia en los espacios públicos desde que somos niñas. Hoy aplaudo y reconozco el trabajo de las organizaciones de sociedad civil, de diputaciones, asesoras legislativas y del Instituto Nacional de las Mujeres en la labor realizada para conseguir esta nueva legislación”, señaló Patricia Mora, ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del INAMU.

 

La ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar, celebró esta firma asegurando que: “es una gran noticia para todas las personas, pero especialmente para nosotras las mujeres.  El paso de que estas conductas se miren ya no como una contravención sino como un delito, es importante en la creación de esta consciencia colectiva para que Costa Rica haga de sus calles lugares más seguros para todos”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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